En 2019 se vendieron en España más de 500.000 viviendas. Muchas de estas transacciones deberán reflejarse en la declaración para evitar futuras sanciones con el fisco.
Si necesitas más información sobre como realizar la declaración de la renta 2019, puedes leerte nuestro articulo: Declaración de la renta 2019.
La venta de inmuebles es una odisea, no por el hecho de vender el inmueble ya acabo todo, después de eso vienen todos los tramites con la Agencia Tributaria y como no, incluir la venta en el IRPF de ese año. Aquí te explicaremos como incluir la venta de un inmueble en tu declaración de la renta de ese año.
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¿Como declaro la venta de un inmueble?
En 2019 se vendieron en España más de 500.000 viviendas. Muchas de estas transferencias deberán ser declaradas en la declaración de la renta, cuyo plazo acaba de empezar.
Y sucede que la venta de un inmueble paga como ganancia o pérdida familiar, es decir, los dueños que vendan un bien inmueble están sujetos a tributación por el impuesto sobre la renta de la gente física si viven en España.
En caso de ser no habitantes en el territorio español, van a estar sujetos al impuesto sobre la renta de no habitantes.
¿Por qué es obligación declarar la venta de una casa?
La ganancia familiar obtenida debe tributar. Esta ganancia se calcula basado en la variación entre el valor al que se vende la vivienda y el valor al que se compró, actualizado por medio de un coeficiente que varía en funcionalidad del año en que el inmueble fue conseguido.
Ese importe se declara en la base imponible del ahorro del IRPF.
¿Cuándo no es requisito declarar la venta?
No en todos las situaciones el contribuyente está obligado a declara la venta de una casa. Existen varios niveles posibles:
- La venta de la vivienda habitual para mayores de 65 años o si se encuentra en situación de dependencia severa o gran dependencia, está exenta de tributación.
- La venta de la vivienda habitual para menores de 65 años está exenta de tributación (total o parcialmente) si en el período de dos años (anteriores o posteriores a la venta) se reinvierte el importe en la adquisición de una vivienda habitual, no para segunda vivienda. Eso sí, la exención únicamente se aplica sobre la parte de la ganancia que se destina a adquirir otra casa. La que no se usa sí debe tributar.
- La venta de vivienda, que no sea vivienda habitual, sólo va a poder estar exenta si la persona que la vende tiene más de 65 años y contrata una renta vitalicia antes de que transcurran 6 meses desde su enajenación (con un importe máximo de 240.000).
- Si la venta crea una pérdida familiar al o a los comerciantes. Vender una vivienda transporta asociados numerosos costos y si el valor de venta es inferior al de compra y, por consiguiente, hace una minusvalía en vez de una ganancia familiar, no habrá que tributar.
Consejos para no tener sustos
Exactamente para no tener sustos con la agencia tributaria es requisito que guardemos y recopilemos todas aquellas facturas que nos permitan justificar frente Hacienda todos los gastos asociados a la venta de una vivienda, como la plusvalía municipal (que se paga al ayuntamiento), gestoría, notario, registro, gastos de cancelación de la hipoteca si corresponde, honorarios de la agencia inmobiliaria, actualizaciones del inmueble…
Ejemplo práctico
Imaginemos una pareja (él 47 años y ella 45) que vendió su vivienda habitual en 2019 por 210.000 euros, cifra a la que hay que restar 10.000 euros en gastos.
La vivienda fue conseguida en el año 2003 por 180.000 (175.000 importe real de compra y 5.000 euros de gastos asociados).
Si cada uno tiene el 50% y hacen declaración individual, este va a ser el resultado:
Si hacen tributación conjunta, el resultado:
- . Sobre los primeros 6.000€ aplicamos un 19%.
- . De los 6.000 a los 50.000€ siguientes, aplicamos un 21%.
- . A partir de los 50.000€ ya se aplicará el 23% fijo.
Borrador de la renta 2019
Recuerda que para llevar todo estos tramites debes pedir tu borrador y hacer las modificaciones oportunas, aquí te explicamos como hacerlo: Borrador renta 2019: Tramites, Fechas…