Los aplazamientos y requerimientos de deudas son procedimientos administrativos por los cuales se pretende retrasar o cancelar el pago de una deuda para así evitar el tener que pagarla toda de una sola vez o alegar el motivo por el que no debes pagar esa deuda.
Este proceso es fácil de gestionar pero se debe tener mucho cuidado con los plazos, ya que si se hace fuera de plazo los recibos de dicha deuda irán fraccionados sumando el pago pertinente a la misma.
Son muchas las empresas que solicitan los aplazamientos de manera diaria en las administraciones y por ello se ha habilitado un servicio telemático con el que se puede realizar todo el proceso sin tener que ir hasta la oficina para presentar la documentación para ello.
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Ventajas de pedir un aplazamiento
Se puede solicitar en cualquier momento del año, incluso cuando haya finalizado el plazo de pago del mismo.
Entre sus ventajas está la de retrasar el pago de la deuda, fraccionando la misma para poder abonarla con la mayor de las comodidades por parte de la empresa o particular.
Este servicio puede ser solicitado por cualquier persona física, la cual tenga la necesidad de fraccionar el pago de los recibos tributarios para poder así abonarlos con mayor plazo y sin tener que hacer malabares con su economía personal para poder hacerle frente.
Como en cualquier préstamo, el aplazamiento de la deuda incorpora un interés del 3.75% al del importe del recibo, y se podrá hacer en aquellos con un importe superior a ciertas cantidades en relación a la actividad que se realice.
La otra ventaja del mismo es que se puede hacer sin aval, con lo que resulta muy fácil a la hora de solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
Recibos que no permiten aplazamientos
A pesar de todas las ventajas que aporta la administración para poder llevar a cabo el pago de forma fácil y segura, existen una serie de recibos vinculados a estas actividades, los cuales no pueden ser aplazados y deben ser abonados en su totalidad y dentro de un periodo de tiempo de un mes establecido por la Agencia Tributaria, desde la notificación de la deuda.
Dichas aportaciones son las que reflejan cuotas de accidentes laborales o de tráfico, las cuales presentan un mayor control que las anteriores.
En caso de no pagar dichos recibos en el periodo establecido, se procederá con el embargo de los bienes y el cobre de la deuda al aval que hayas puesto en el procedimiento inicial, para así poder saldar la deuda contraída con la administración por parte de la persona en cuestión.
Solicitar aplazamiento
Los aplazamientos se pueden solicitar durante todo el año, incluso cuando se haya acabado el periodo de pago, pero al solicitarlo, estos cuentan con una serie de requisitos de tiempo con los que la administración regula el pago de los recibos en el periodo de tiempo que más les convenga.
En estos casos dan un periodo de 10 días para poder subsanar errores en los recibos o problemas en la administración de los pagos, siendo de 3 meses el periodo que da para poder abonar el importe íntegro o fraccionado de la deuda, dependiendo del importe, antes de ir en contra del aval de la persona en cuestión y sobre los bienes de la misma para poder saldar la deuda correspondiente al impago de los recibos de impuestos.
El plazo general de la misma es de 5 años para aquellas de un importe grande y que pueda ser difícil de abonar en poco tiempo, a la administración correspondiente.