Cómo declarar un alquiler en la declaracion de la renta

Si dispones de una vivienda en alquiler, deberás tener en cuenta el dinero que logras con el arrendamiento del inmuebles debe ser declarado obligatoriamente.

Calcular el IRPF es un paso primordial, y puede calcularlo desde nuestro articulo: Calcular IRPF. Esas personas propietarias de un inmueble y que lo tienen alquilado deberían comprender que están obligados a incluirlo en la declaración de la renta.

En este texto te contaremos a través de un lenguaje claro y comprensible los primordiales puntos que tienes que comprender sobre cómo declarar un alquiler en el IRPF.

Indice de Contenido

¿Donde incluyo el rendimiento de un alquiler?

El dinero que se obtiene del alquiler de un inmueble se engloba dentro del apartado de rendimiento de capital inmobiliario, y entonces debe de ser agregado en el momento de hacer el cálculo del IRPF.

La operación para saber la cifra precisa radica en computar los capitales brutos y restarles los costos que sean deducibles. Sobre el resultado se van a aplicar las reducciones que procedan. El dueño tendrá que integrar en el apartado de capital todos esos rendimientos recibidos por el arrendamiento y la cesión de derechos o de uso a otra persona. En este cálculo se excluye el IVA, si lo hubiese.

Este supuesto cambia si el arrendamiento se computa como actividad económica, en cuyo caso la consideración del rendimiento va a ser declarada de una forma diferente. Se entenderá que un alquiler es una actividad económica cuando existe un individuo con contrato que tiene como función la administración de la vivienda o si se proponen servicios complementarios, como desayuno o lavandería.

¿Hay costos deducibles, como siniestros?

Los costos deducibles que tienen la posibilidad de incorporarse en el cálculo del rendimiento de capital inmobiliario, son esos que son necesarios para su obtención, como son la partida de dinero destinada a la amortización de la vivienda y de los bienes que hay dentro. No obstante, no computan en este capítulo los pagos debidos a siniestros sucedidos en el piso o el dinero que se ha invertido en hacer mejor el apartamento.

 

¿Tengo que incluir el IVA del alquiler?

Frecuentemente, los dueños de inmuebles dudan si tienen que de integrar el IVA en el momento de hacer un alquiler de sus viviendas. Esta clase de impuesto no se aplica cuando las casas sean usadas como un espacio para vivir por el alquilado. En estas situaciones, no se tendrá que sumar el IVA al alquiler, ni tampoco va a ser primordial que se rellenen los modelos de la declaración de la renta premeditados a este fin.

No obstante, cuando el inmueble alquilado tenga un carácter mixto (como puede ser un espacio utilizado de vivienda y de despacho profesional) o cuando el arrendado presta servicios a superiores (como limpieza, comida o material de aseo), entonces sí que se tendrá que tener repercusión el IVA. Este supuesto además se aplica cuando el alquiler es llevado a cabo a nombre de una forma jurídica, aunque después ésta ceda su derecho de uso de lugar de vivienda.

Por su lado el arrendatario además debe tomar en cuenta su contrato de alquiler en el momento de hacer la declaración de la renta. En la situación que un alquilado adquiera ganancias por subarrendar el inmueble, entonces se podría estar generando la obtención de rendimientos del capital mobiliario y entonces SI se debe computar el IVA.

Inmueble que se usa como vivienda recurrente

En la situacion de que el inmueble sea usado como vivienda recurrente por el arrendatario, éste tiene derecho a una secuencia de deducciones. Más allá de que, es requisito que el contrato sea previo al 1 de enero de 2015.

Esto es ya que el artículo 68.7 de la Ley del IRPF establece que esta clase de deducción se suprima, más allá de que hay un régimen transitorio para que se lleve a cabo de forma progresiva. La deducción a la que se tiene derecho es del 10,05%, siempre que la base imponible sea inferior a los 24.107 al año.

Esta clase de deducción es estatal y las diferentes Comunidades Autónomas tienen deducciones propias. Por lo cual es aconsejable que examines a qué tipo de deducción tienes derecho en tu ciudad.

Supresión del programa PADRE

En la operación de IRPF de 2017, una de las noticias es la supresión del Programa PADRE, por el Sistema Renta WEB, el cual tiene dentro predeterminado un borrador de declaración de la renta. Si los años pasados has sido arrendador o arrendatario es muy viable que se muestre computada la vivienda alquilada predeterminado. No obstante, siempre es aconsejable comprobar todos los datos y hacer los cambios que sean necesarios.

Si tienes alguna duda o consulta sobre como pedir tu borrador, recuerda leerte: Como pedir mi borrador de la renta 2017

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